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Solicite licencias y permisos

Los requisitos y cargos varían con su actividad empresarial, su ubicación y las normas oficiales.

Comenzar operaciones en Costa Rica puede implicar la obtención de diversos permisos gubernamentales, comerciales o municipales. A continuación se muestran de forma detallada cada uno de ellos o bien puede leer el resumen que debería seguir y lleve a cabo con éxito el inicio de su negocio.

 

En caso de que lo necesite, nuestro equipo de profesionales está disponible para asesorarle y ofrecerle nuestra experiencia en trámites legales y registros comerciales.

1. Patente Municipal 

Cualquier actividad con fines de lucro necesita una licencia o patente emitida por la municipalidad del cantón donde se lleva a cabo. Esta licencia conlleva el pago de un impuesto mientras dure la operación de la actividad (Código Municipal, Ley N° 7794, Artículo 79).

Dado que las municipalidades gozan de autonomía, el proceso y los requisitos para obtener una patente pueden variar de un cantón a otro, según su normativa y disposiciones administrativas. En el anexo de esta sección, se incluye una lista con las leyes de patentes de las 81 municipalidades existentes.

A pesar de las diferencias en estos procedimientos, es común que las municipalidades exijan ciertos requisitos similares para la obtención de una patente.

Los requisitos comunes para solicitar una patente son: 

  • Copia del permiso de funcionamiento, en los casos que proceda, según el Reglamento General para el Otorgamiento de Permisos Sanitarios de Funcionamiento del Ministerio de Salud.

  • Si la actividad es industrial, debe presentar el permiso extendido por las oficinas centrales.

  • Si la actividad es comercial, debe presentar el permiso extendido por la oficina local.

  • Clasificación del tipo de industria por el Ministerio de Salud.

  • El solicitante y dueño de la propiedad deben estar al día con el pago de sus impuestos municipales, por tanto usualmente se les solicita aportar las constancias respectivas.

  • Si es física, copia de cédula por ambos lados, extranjeros, copia completa de la cédula de residencia y si es persona jurídica debe presentar la personería jurídica de la sociedad, cédula jurídica y copia de cédula de identidad de apoderado generalísimo.

  • Uso de suelo o certificado de uso de suelo, que según el Artículo 28 de la Ley de Planificación Urbana y el Código Municipal, lo otorga la misma municipalidad, un ejemplo es la guía de la Municipalidad de Escazú.

1- Permisos para la operación de una empresa en Costa Rica

2. Registro en el Seguro Social (CCSS)

De acuerdo con la legislación costarricense, el empleador está obligado a contribuir al régimen de seguridad social de sus empleados. Para ello, antes de realizar el pago de las cuotas de seguridad social, debe registrarse como patrono en las oficinas centrales o regionales de la CCSS.

El registro como patrono y el aseguramiento de los trabajadores deben completarse dentro de los ocho días posteriores a la fecha de ingreso de los empleados.

Guía de inscripción patrono jurídico

Guía de inscripción patrono físico

3. Registro en el Instituto Nacional de Seguros (INS)

Según el Código de Trabajo, el empleador tiene la obligación de asegurar a sus empleados contra riesgos laborales. Para cumplir con esto, debe contratar una póliza en el Instituto Nacional de Seguros (INS). Esta póliza debe suscribirse al inicio de las operaciones y mantenerse vigente durante todo el tiempo de actividad.

Para obtener la Póliza de Riesgos del Trabajo, el interesado puede acudir a las Oficinas Centrales o Sucursales del INS, a una agencia de seguros, o a un agente autorizado. Al contratar la póliza, la empresa se registra automáticamente como empleador en el INS.

Después de adquirir la póliza, el empleador debe enviar mensualmente al INS un informe de planillas que incluya los nombres completos de los trabajadores, los días y horas trabajados, y los salarios pagados. Este proceso puede realizarse de manera electrónica. El incumplimiento de esta obligación puede resultar en sanciones graves para el empleador, como la responsabilidad de cubrir todos los gastos médicos y económicos si un trabajador no registrado sufre un accidente, o incluso la suspensión temporal o cierre del establecimiento.

4. Permiso de Funcionamiento del Ministerio de Salud

De acuerdo con la Ley General de Salud y Reglamento general para permisos sanitarios de funcionamiento, permisos de habilitación y autorizaciones para eventos temporales de concentración masiva de personas, otorgados por el Ministerio de Salud, todos los establecimientos industriales, comerciales y de servicio deben contar la autorización o Permiso Sanitario de Funcionamiento para operar en el territorio nacional, según sea la actividad, cuyas condiciones y plazos de vigencia se encuentran establecidos en el Decreto Ejecutivo N° 34728-S, así como en el Reglamento de Registro Sanitario de Establecimientos Regulados por el Ministerio de Salud.

 

Para obtener un permiso sanitario de funcionamiento, los establecimientos o actividades se clasifican en tres categorías según su nivel de riesgo ambiental y sanitario: A (alto riesgo), B (riesgo moderado), y C (bajo riesgo).

Requisitos:

  1. Formulario de Solicitud.

  2. Declaración Jurada con el formato del Anexo 3 (por primera vez) o el Anexo 4 (renovación), Decreto 43432-S.

  3. Documento de identidad.

  4. Copia del comprobante de pago de servicios de acuerdo al grupo de riesgo:

    • Grupo A: $100

    • Grupo B: $50

    • Grupo C: $30

    • Microempresas inscritas y activas en el MEIC: $20

    • Casinos de juego: $5.000

¿Qué es el MEIC?

Es un Ministerio que fomenta y apoya el desarrollo económico y social del país mediante la implementación de políticas que aseguran un funcionamiento eficiente del mercado, protegen a los consumidores, promueven la mejora regulatoria, impulsan la competitividad y estimulan la actividad empresarial.

Brindan información relevante de manera oportuna, rápida y precisa, utilizando la plataforma tecnológica que la sociedad demanda para la toma de decisiones y la realización de investigaciones.

¿Cómo puedo realizar el registro facilmente?

  • Los usuarios podrán registrar su empresa por medio del uso de la declaración jurada

  • Trámite se realiza de forma digital, es gratuito y voluntario

  • Actualización de variables en la fórmula de cálculo, permitirá que empresas previamente no consideradas como pyme, puedan hacerlo en el marco de la Ley 8282

Como parte de las medidas para simplificar trámites las empresas que deseen registrarse como pyme en MEIC pueden hacerlo de manera sencilla a través de una declaración jurada. 

 

Para solicitar el Registro Pyme, primero debe registrarse como usuario en el MEIC y descargar el formulario correspondiente, que actúa como declaración jurada. Durante el proceso de registro, el sistema le pedirá que adjunte los comprobantes de los requisitos adicionales; en este caso, puede subir un documento en blanco, ya que de lo contrario el sistema no le permitirá continuar.

Asimismo, si ya lo ha hecho y lo que necesita es renovar el registro, debe seguir el mismo procedimiento. Si cuenta con firma digital, puede hacerlo a través de MEIC Directo.

 

Además, debe tener claro que las solicitudes de constancias pyme se deben enviar por correo electrónico a siec@meic.go.cr, y una vez recibida la solicitud, el MEIC tiene un plazo de tres días para enviar la constancia digital.

La Dirección General de la Pequeña y Mediana Empresa (DIGEPYME) será responsable de realizar una verificación posterior de los datos proporcionados en la declaración jurada para garantizar la exactitud de la información. Si se detecta algún incumplimiento de los requisitos que fundamentaron la concesión de la condición pyme, y tras seguir el debido proceso, se procederá con la revocación de dicha condición y se aplicarán las medidas correspondientes establecidas por la ley.

NOTA IMPORTANTE

​¿Cómo se determina el tamaño de una empresa?

Los valores de referencia de las variables que componen la fórmula para definir si la empresa es micro, pequeña o mediana, implican los datos de ventas netas, activos fijos y totales, así como, la cantidad de empleados en los sectores de comercio y servicios.

 

La principal variación para que la empresa califique como pyme, se presenta en el total de empleos en los sectores de comercio y servicios, pasando de un total de 30 a 100 empleados.

 

Para más información escribir a: siec@meic.go.cr

¿Cómo registrarse en MEIC?

5. Registro de Marca o Nombre Comercial 

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Requisitos Generales:

  • Previo a la presentación de la solicitud de inscripción al Registro de la Propiedad Industrial, debe hacerse un estudio de novedad para determinar si existen distintivos iguales o similares que se hayan registrado y, se encuentren vigentes en la misma clase.

  • Llevar el formulario respectivo debidamente firmado por el solicitante o representante y la firma autenticada por notario.

  • El pago de los timbres de registro puede realizarse con la presentación de la solicitud o posteriormente.

6. Registro como Contribuyente

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Es importante tener claro que esta inscripción la requieren todas las personas que realicen una o más actividades económicas. Es requisito indispensable este paso para poder emitir facturas por los servicios brindados en nuestro país.

Para este efecto, debe completarse la fórmula D-140. Los requisitos generales, así como los específicos por actividad, varían según correspondan.

Requisitos Generales:

- Presentar el formulario D-140 "Declaración de Inscripción en el Registro Único de Contribuyentes" completo, sin tachones ni borrones.

- Si el trámite lo solicita una persona física, entonces debe presentar la cédula de identidad en original y fotocopia simple, o bien una fotocopia certificada por un notario público.

-Si el trámite es solicitado por una persona jurídica, entonces debe presentar:

  • Cédula Jurídica, en original y fotocopia simple, o una fotocopia certificada por un notario público.

  • Certificación de personería jurídica, emitida por el Registro Público o por un notario público, con una antigüedad no mayor a los 3 meses contados a partir de su expedición. En ella debe acreditarse la vigencia de la representación legal así como el tipo de actuación –conjunta o separada – y el poder que ostenta – generalísimo con o sin límite de suma, general, u otro.

  • Cédula de identidad del representante legal, en original y fotocopia simple, o bien fotocopia certificada por un notario público.

- Si el trámite es solicitado por una persona extranjera, ésta debe presentar su pasaporte, cédula de residencia permanente o temporal, o cualquier documento de identificación vigente, en original y fotocopia simple; o una fotocopia certificada por un notario público.

 

- Si el trámite es solicitado o realizado por una tercera persona, ésta debe presentar adicionalmente:

  • Cédula de identidad del gestor, en original y fotocopia simple; o bien, una fotocopia certificada por notario público.

  • Certificación del poder con que actúa, o nota emitida por el contribuyente indicando: el nombre del autorizado y de la persona que autoriza, el número de cédula de identidad de ambos y el trámite para el cual se emite la autorización. Este documento debe ser autenticado por un abogado.

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